Ley Antifraude
Prepara tu empresa para cumplir con las nuevas obligaciones de la AEAT para evitar el fraude fiscal
9 de julio 2021
Publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley Antifraude.
11 de octubre 2021
Entrada en vigor de la Ley Antifraude.
1 de enero 2024
Entrada en vigor de la obligatoriedad de software certificado para procesos contables, de facturación y gestión.*
*Fecha estipulada en el proyecto del Real Decreto que regula la Ley Antifraude.
La Ley Contra el Fraude Fiscal, o mejor conocida como la Ley Antifraude, fue aprobada a mediados de 2021 con el objetivo de evitar el desvío fiscal de aproximadamente 200.000 millones de euros y supone importantes novedades en esta materia para el empresariado español.
¿Cómo afecta la Ley Antifraude a mi empresa?
Las medidas más destacadas de la Ley Antifraude y con mayor impacto para autónomos, pequeñas y medias empresas (pymes), y asesorías y despachos profesionales, son las que modifican la Ley General Tributaria y las que limitan el uso de software de contabilidad y facturación con ciertas características.
Se prohíbe y sanciona el software de doble uso, es decir, aquellos que permiten la modificación y de registros de facturación. Solo serán aceptados sistemas y programas informáticos certificados por la AEAT.
Software certificado
Ley General Tributaria
Pagos en efectivo
Liquidación del IVA
Amnistías fiscales
E-book
E-book
La Ley Antifraude afecta al software de contabilidad, facturación, gestión (procesos contables de facturación), que deberá adaptarse a un conjunto de medidas antifraude fiscal. Empresas que tengan implementado un software de doble uso serán multadas con 50.000 euros. Con información consultada en exclusiva a la AEAT.
Prepara tu empresa y evita sanciones
Características que debe tener el software de mi empresa
Integridad
Conservación
Accesibilidad
Legibilidad
Inalterabilidad
Los softwares de contabilidad y facturación no podrán tener interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación o registro en los sistemas mismos.
Multas y sanciones
Empresas y autónomos incurren en una falta grave cuando:
1. Tengan un programa de facturación o sistema que no esté certificado, sin necesidad de haberlo utilizado.
2. Alteren o modifiquen un software que sí haya sido certificado por la Agencia Tributaria, con el objetivo de llevar una facturación paralela a la oficial.
50.000€ para quienes incumplan.
Software que cumple con las obligaciones legales
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